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Delimitación Entre Libertad de Expresión y discurso Del Odio

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El "discurso del odio" se ha convertido en un cajón de sastre que da cobijo a condenas censurables desde el prisma de la libertad de expresión del artículo 20.1 CE. Pues bien, el 13 de marzo de 2018, el TEDH dictó dos sentencias emblemáticas. En la primera, sobre el caso Stern Taulats y Roura Capellera c. España, declaró que la condena de los demandantes por un delito de injurias del artículo 490.3 CP, por quemar en público una fotografía de los Reyes, violó su derecho a la libertad de expresión. La Corte negó que el acto fuera discurso del odio, como alegó el Tribunal Constitucional. En cambio, en la segunda, sobre el caso Hans Burkhard Nix c. Alemania, avaló la pena impuesta al recurrente por publicar en su blog una imagen de Himmler con una esvástica. A la vista de este contraste, en el libro se analiza la doctrina del TEDH y del Tribunal Constitucional español sobre el discurso del odio. Además, se examina la jurisprudencia del Tribunal Constitucional alemán acerca de los delitos que castigan declaraciones relativas al nacionalsocialismo, donde se restringe de un modo insólito ese derecho fundamental. Pese a ello, el tipo más represivo de esas figuras fue respaldado por el Tribunal europeo en la citada sentencia del caso Nix.   

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