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1ª Edición / 396 págs. / Rústica / Castellano / Libro
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Este trabajo gira en torno a la siguiente pregunta: ¿es la consciencia un requisito para la indemnización de los daños no patrimoniales? Este interrogante a su vez suscita otros problemas, como, por ejemplo: ¿existen razones que justifiquen que la víctima en estado de consciencia limitada reciba una indemnización menor que otras en condiciones similares pero conscientes? ¿cuáles son los argumentos a favor y en contra de la indemnización de estas víctimas desde el derecho de daños en su construcción histórica y actual? ¿qué respuestas se pueden plantear desde la teoría del daño no patrimonial? ¿qué perjuicios no patrimoniales serían indemnizables en una víctima en estado de consciencia limitada? ¿cuál es la forma más adecuada de reparación? Para lograr resolver estas incógnitas se hace uso del método histórico-conceptual que aplica la dogmática tradicional y actual de los daños no patrimoniales a los supuestos de consciencia limitada que se plantean en el texto: i) daños causados a personas que caen en estado de consciencia limitada por la agresión o hecho generador ii) daños causados a personas que, previamente a la agresión, se encontraban en estado de consciencia limitada.