LA PROPORCIONALIDAD DE LA PENA por Gonzalo Quintero Olivares

LA PROPORCIONALIDAD DE LA PENA y su significación constitucional. A propósito de la STC 28/04/2021 y su Voto particular.

Gonzalo Quintero Olivares, Catedrático de Derecho Penal y Abogado
 

  1. La sentencia del TC

  2. El tema del voto particular

  3. La función constitucional del principio de proporcionalidad

  4. Una valoración final

  5. La sentencia del TC

A finales del pasado abril el Tribunal Constitucional pronunció la sentencia de 28/04/2021, por la que denegaba el amparo solicitado por Jordi Turull Negre, a la vez que avalaba la proporcionalidad de la pena de prisión de 12 años que le fue impuesta por el Tribunal Supremo, a la vez que declaraba que no se habían vulnerado sus derechos fundamentales en virtud de la cual se rechazaba la pretensión del recurrente. De ese modo se respaldaba la Sentencia del Tribunal Supremo impuesta en la en la causa especial 20907/17, que condenó a al recurrente a 12 años de prisión e inhabilitación absoluta por un delito de sedición y otro de malversación de caudales públicos. Tras esta sentencia queda abierta, para el recurrente, la vía de acceso al TEDH de Estrasburgo, paso que ya ha anunciado que dará.

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