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1ª Edición / 182 págs. / Rústica / Castellano / Libro
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La determinación del convenio colectivo aplicable en subcontratación es una cuestión que ha adquirido notable relevancia tanto en las contratas públicas como en las privadas. Respecto a las primeras, la Ley de Contratos del Sector Público contiene previsiones que impiden a las empresas aplicar determinadas condiciones de trabajo inferiores a las previstas en el convenio sectorial, con un loable criterio de saneamiento de las condiciones de trabajo en contratas y concesiones administrativas, pero la experiencia aplicativa ha demostrado que para el órgano licitador no es sencillo identificar si hay convenio sectorial y cuál sea este. Pero también en las contratas privadas, el tema ha devenido muy importante por la regla del art. 42.6 del ET introducido en la reforma laboral del 2021. Este precepto pactado por los agentes sociales ha sido calificado por acierto como "auténtico rompecabezas" y uno de los grandes retos para la aplicación de la reforma.