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1ª Edición / 304 págs. / Rústica / Castellano / Libro
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Hace unas décadas, el trabajo industrial, caracterizado por una prestación física de servicios prolongada en el tiempo y a jornada completa, era el modelo típico de trabajo. Sin embargo, en los últimos años, se han producido importantes cambios en el ámbito laboral que han propiciado la proliferación de otras formas de empleo que han ido adquiriendo mayor protagonismo: el trabajo atípico. El fenómeno de trabajo atípico que requiere mayor atención en la actualidad es, sin duda, el teletrabajo.
Tras la irrupción de la COVID-19, los datos parecen augurar una tendencia creciente del teletrabajo, no solo en España, sino en toda la UE. Por ello, conviene interrogarnos sobre cómo regular esta cuestión en el plano supranacional. Y es que el teletrabajo, gracias al avance de las NTIC, permite una interconexión entre países, inédita hasta el momento, que posibilita la prestación de servicios desde unos países a otros sin necesidad de cruzar fronteras físicas. De esta forma, el teletrabajo transnacional puede llegar a constituir el siguiente paso en la evolución de la subcontratación.
El objetivo de esta obra es, precisamente, exponer los problemas que esta modalidad específica de teletrabajo supone desde la perspectiva europea. Para ello, es necesario abordar las tres cuestiones clásicas derivadas de las relaciones laborales internacionales (fuera del contexto extraordinario de la pandemia): la determinación de la competencia judicial internacional; la determinación de la ley aplicable al contrato de trabajo; y la determinación de la ley aplicable en materia de Seguridad Social.