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1ª Edición / 540 págs. / Rústica / Castellano / Libro
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Los Fueros y Leyes fundamentales de Navarra comenzaron a denominarse, a partir de 1777 "constitución navarra", y, en momentos posteriores, "constitución fundamental", "constituciones fundamentales", "constitución tradicional", "constitución antigua" o "constitución histórica". Estos términos aludían al derecho de un reino mantenido de manera más o menos inalterable en sus aspectos fundamentales a lo largo del tiempo, susceptible de ser mejorado pero no empeorado y que, por su carácter fundamental, era inderogable. No se trataba de un orden jurídico definido, por lo que las instituciones navarras se afanaron desde el último cuarto del siglo XVIII en identificar los elementos definidores y configuradores de aquella constitución, al modo que Rodríguez Campomanes lo había hecho en su intento definitorio de la constitución fundamental española. El concepto fue perfilándose en la compleja encrucijada histórica en la que convergieron la tradición de los órdenes jurídicos de la Monarquía y la transición hacia el orden constitucional. La unificación política y jurídica introducida en los períodos liberales acabó momentáneamente con la constitución tradicional de Navarra, desapareciendo definitivamente cuando el reino pasó a ser una provincia foral a partir de 1839.