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1ª Edición / 188 págs. / Rústica / Castellano / Libro
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Pese a que en el debate acerca de los eventuales límites a la reforma de la CE78 encontramos posiciones doctrinales muy dispares, es unánimemente admitida la premisa (avalada por el Tribunal Constitucional) de que nuestra Norma Fundamental vigente no recoge ninguna cláusula de intangibilidad expresa. De este modo, la discusión doctrinal se ha centrado exclusivamente en la posibilidad de admitir o no la existencia de límites materiales implícitos a dicha reforma.
En esta obra se pretende justificar por qué el artículo 2 CE78 sí prescribe un concreto límite material expreso a todos procesos de revisión constitucional: la indivisibilidad de la Nación, que es no sólo fundamento de la Constitución sino, también y sobre todo, mandato positivo del constituyente. La reconsideración de aquella (hasta ahora) indiscutida premisa cambia completamente los ejes del debate. Y, por supuesto, también las consecuencias que del mismo se pudieran extraer: en nuestro sistema, no cabría la incorporación del derecho a la secesión de ningún ente territorial, ni tampoco decidir una concreta segregación directa de una parte del territorio estatal, ni siquiera por la vía del procedimiento agravado de reforma constitucional del artículo 168 CE78.