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La reforma de la regulación de los expedientes de regulación de empleo, cuyo estudio constituye el objetivo del presente trabajo, se ha producido en uno de los momentos más álgidos de la gravísima crisis económica y de los mercados, que se manifestó con toda su virulencia en el año 2008 y que, desde entonces, no ha cesado de deteriorar nuestro mercado de trabajo, determinando unas cifras de desempleados nunca conocidas en nuestro país. En este contexto, se ha clamado, por parte de todos, exigiendo una reforma del mercado de trabajo, como instrumento adecuado para salir de la crisis. En este contexto, cabe plantearse qué significado y alcance tiene la reforma de los expedientes de regulación de empleo de la que damos cuenta en el presente trabajo. Una primera observación, es que se trata de una medida aislada o, en todo caso, más exactamente, no integrada en un programa reformador coordinado y coherente, dotado de lógica interna, con medios y objetivos definidos. Desde otro punto de vista, si cabía pensar que lo más acuciante era salir al paso de la sangría de puestos de trabajo, fomentando la flexibilidad interna, cabe señalar que la Ley 35/2010, en la que se inserta la regulación legal más significativa desde el punto de vista material de los expedientes de regulación de empleo, con independencia de que resulte muy discutible que consiga e! objetivo flexibilizador teóricamente propuesto, en todo caso, llegó tarde, cuando ya entre nosotros la mayor parte del ajuste se había producido, fundamentalmente no mediante el mecanismo de los despidos colectivos, sino a través de la no renovación de contratos temporales y de los despidos individuales "exprés". Con todo, no puede ni debe minusvalorarse la importancia del conjunto normativo reformador de los expedientes de regulación de empleo que estudiamos.