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1ª Edición / 246 págs. / Rústica / Castellano / Libro
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La aplicación del concepto de género al Derecho ha marcado la transición de las leyes de igualdad clásicas a las leyes de igualdad modernas. En España, las (des)conocidas y polémicas Ley Integral (L.O.1/2004, de 28 de diciembre), la Ley de Igualdad (L.0.3/2007, de 22 de marzo) y la Ley 30/2003, de 13 de octubre, de transversalidad de género son un buen ejemplo de cómo el principio de gender mainstreaming marca otra forma de hacer y entender el Derecho, integrándolo ab initium en las nuevas Técnicas Legislativas. Sin embargo, este nuevo Derecho antidiscriminatorio y antisubordinación exige romper con una estructura de trabajo primitiva y desfasada de funcionamiento del fenómeno jurídico, y de [os criterios básicos de igualdad y de discriminación que manipula. Se trata de una ardua tarea que apenas se acaba de acometer desde el Derecho y desde el pensamiento crítico, y exige -para conseguir los objetivos marcados por el gender mainstreaming-, tal y como denuncian los organismos internacionales: revisión profunda de la gestión de las políticas, compromiso serio de los tres Poderes del Estado con la igualdad efectiva, y formación en género de todo el personal implicado en su puesta en marcha. Este libro pretende abordar, en el marco de las nuevas técnicas legislativas que exige dicha perspectiva, la implementación del principio de transversalidad de género por parte de los tres Poderes del Estado y, a través de la auditoría de los Informes de Evaluación de Impacto de Género (IEIG), constatar que el desconocimiento de la metodología de género perpetúa e incrementa la discriminación, aunque esta vez desde la estructura jurídico-política formulada, en teoría, para erradicarla.