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El presente estudio analiza en profundidad la Ley 40/2007, de 4 de diciembre, de medidas en materia de Seguridad Social, en el aspecto referido a la pensión de viudedad tanto de las uniones matrimoniales como de las parejas de hecho y, además, se aborda tanto la pensión de orfandad y las prestaciones a favor de familiares. Las principales novedades introducidas por el legislador en esta materia ha consistido en la incorporación de las parejas de hecho como nuevos beneficiarios de la pensión de viudedad, a las que se les exige una dependencia económica, además, para el caso de tener hijos comunes se les exige otros límites de dependencia económica. De otro lado, la pensión de viudedad para los divorciados y separados se condiciona al percibo de la pensión compensatoria del artículo 97 del Código Civil y a los de matrimonio nulo, al percibo de la indemnización del artículo 98 del Código Civil. Tanto a las uniones matrimoniales como a las parejas de hecho legalmente constituidas se les garantiza el percibo de 40 % de la cuantía de la pensión de viudedad. De otro lado, se ha incorporado un nuevo supuesto de beneficiarios de la pensión de orfandad y se ha aumentado las cuantías de la pensión de orfandad cuando concurren con la pensión de viudedad cuya cuantía sea del 70% déla base reguladora. Finalmente, se ha incorporado un estudio sobre las prestaciones a favor de familiares.