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1ª Edición / 452 págs. / Rústica / Castellano / Libro
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El fenómeno de las puertas giratorias de los que ocupan altos cargos del Estado y luego relevantes puestos en el sector privado o viceversa, ha sido tan poco regulado, como estudiado por la doctrina jurídica en España. Además, hasta el momento, las escasas disposiciones existentes en el ámbito administrativo estatal han sido manifiestamente ineficaces.
Estas normas son, entre otras, las referidas a los denominados períodos de enfriamiento (cooling-off), cuyo cumplimiento ha de ser fiscalizado por un órgano, cuyos miembros son designados por los que han de ser controlados. Esto ha motivado que las denominadas puertas giratorias no hayan parado de funcionar en España y, además, con altos índices de impunidad.
En este contexto, los denostados delitos de tráfico de influencias propios, que algún sector de la doctrina había considerado como inservibles, se erigen ahora como la luz al final del túnel para combatir los efectos ilícitos de las puertas giratorias. Estos delitos podrán ser aplicados no solo en el momento en el que se prepara el paso hacia el otro sector, cuando se está todavía en el cargo público o privado de origen, sino también ex post facto, cuando ya se ha obtenido el beneficio del nuevo cargo, siempre que los plazos de prescripción lo permitan.