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Siniestralidad Laboral. Comisión por Omisión y Peligro Concreto

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Como continuación de una anterior publicación, se abordan en este trabajo dos cuestiones diferentes. Por una parte, la comisión por omisión en los delitos de homicidio y lesiones imprudentes que se producen en el ámbito laboral y, por otra, los delitos de peligro de los artículos 316 y 317 del CP. El análisis de la jurisprudencia nos muestra que, en el ámbito laboral, es frecuente que los homicidios o lesiones imprudentes se cometan en comisión por omisión. En las empresas es habitual que intervengan una pluralidad de personas, con diferentes funciones y responsabilidades. Cuestión clave es determinar quiénes pueden encontrarse en situación de garante en el ámbito de las relaciones laborales. También es bastante corriente el fenómeno de la delegación de funciones en las empresas que tengan una cierta complejidad o una dimensión importante. Esto supone un traspaso de poder y, en consecuencia, de responsabilidad de una persona a otra. Por ello, hay que examinar las consecuencias de la delegación de funciones respecto de la posición de garante. En la práctica observamos que los homicidios y lesiones imprudentes producidos en el ámbito laboral y los delitos de peligro de los artículos 316 y 317 del CP concurren conjuntamente, por ello, también se hace necesario abordar estos delitos. Son analizados cada uno de los elementos del delito contra la seguridad en el trabajo y los problemas que se suscitan en torno a los mismos.

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