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1ª Edición / 580 págs. / Rústica / Castellano / Libro
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La obra analiza la responsabilidad penal de la empresa adquirente por los delitos "cometidos" por la empresa adquirida antes de la adquisición, esto es, aquellos delitos de los que resultaría originariamente responsable la empresa adquirida. Para ello, se diferencian los distintos supuestos en los que resulta aplicable el artículo 130.2 CP: a) la fusión; b) la escisión y c) la adquisición seguida de la disolución fraudulenta de la empresa adquirida. A partir de la sucesión universal, como fundamento que legitima el traslado o extensión de la responsabilidad penal a la empresa adquirente, proponemos para cada supuesto las opciones interpretativas del art. 130.2 CP que, dentro del tenor literal del precepto, resultan conformes con los principios constitucionales que rigen en Derecho penal. La sucesión universal es una institución bien arraigada en nuestra doctrina, en virtud de la cual la empresa beneï¬?ciaria de la fusión o escisión se subroga en la posición jurídica de la empresa cedente. En virtud de la transmisión que tiene lugar como resultado de la fusión o escisión, la empresa sucesora no es "otra" persona jurídica, distinta de la entidad originariamente responsable del delito; en estos casos, por el contrario, se considera que esta última continúa, pervive, en la nueva entidad.
This research deals with the criminal liability of the acquiring company for the crimes "committed" by the acquired company prior to the acquisition, thus, crimes for which the target company would have been initially liable. We consider the various situations in which Article 130.2 of the Penal Code may be applicable: merger, demerger and the acquisition followed by the fraudulent dissolution of the acquired company. Our proposals are based on the doctrine of universal succession, which is the justi�cation for the transfer or extension of criminal liability to the acquiring company. From there, we propose the interpretations for art. 130.2 CP which, within the letter of the law, are in accordance with Spanish constitutional principles governing criminal law. Universal succession is an institution well rooted in our doctrine, under which the bene�ciary company subrogates in the legal position of the transferring company. As a result of the merger or demerger, the successor company is not "another" entity, other than the one originally responsible for the crime, because the latter is deemed to continue within the new entity.