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"En el presente trabajo me voy a ocupar, por una parte, de la causalidad en la omisión impropia, para tratar de determinar si en esa forma de realización típica existe entre la inactividad y el resultado una relación de causalidad, o de (cuasi)causalidad, o, más bien, algo que no tiene nada que ver, ni de lejos, con cualquier concepto en el que aparezca la expresión ?causalidad?. Una vez resuelto ese problema, pasaré a abordar lo que se ha dado en llamar la ?omisión por comisión?, que recibe ese nombre porque, según una extendida opinión, ahí estaríamos ante supuestos en los que un hacer positivo cumple el tipo de una omisión, propia o impropia según los casos. Como el tratamiento científico de esa supuesta ?omisión por comisión? exige tener una idea clara sobre la causalidad, tanto en el delito de acción como en el de omisión, de ahí que los conocimientos adquiridos en la primera parte de este trabajo tengan una decisiva importancia para solucionar los problemas que se plantean en la segunda. Es por ello por lo que me he decidido por agrupar en una única investigación científica el estudio de la causalidad