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1ª Edición / 278 págs. / Guaflex / Castellano / Libro
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El 8 de julio de 1857 la ´Cour de Cassation´ francesa dictó una célebre sentencia en la que proclamó el derecho de los abuelos a visitar a su nieto en casa de la madre de éste. Se habló entonces del ´droit de visite´y a partir de ahí se acuñó una terminología que, asumida en España de modo indudable, se ha impuesto hasta el extremo de que no vale la pena gastar esfuerzos en contra de ella. Baste decir que en las bases de adtos de jurisprudencia debe buscarse con la expresión ´derecho de visita´o ´régimen de visitas´.
La pobreza de esa expresión para abarcar el conjunto de relaciones jurídicas a las que quiere aludirse es manifiesta, pero también lo es que los intentos realizados para encontrar otra expresión que la sustituya no han logrado arraigar en la práctica judicial.