¿Aún no tienes una cuenta? Crea una ahora y accede a tus listas favoritas, tu histórico de cuentas y muchas más cosas...
Pedidos y atención al cliente
PARTICULARES: 963 392 051 - FAX: 963 615 480 / LIBRERÍAS: 963 600 598 - FAX: 963 694 151
1ª Edición / 327 págs. / Rústica / Castellano / Libro
Por la compra de este libro en papel tendrá acceso a las siguientes promociones (CÓDIGO PROMOCIONAL INCLUÍDO EN EL INTERIOR DEL LIBRO):
En papel: En stock, entrega en 24-48h |
|
|
Consultar disponibilidad en tiendas
Consultar disponibilidad en tiendasLos plazos estimados son para pedidos realizados antes de las 14:00h del viernes (salvo error o situaciones especiales: festivos, inventarios,etc).
|
||
Libro electrónico*: |
18,00 € | |
*Para visualizar los libros electrónicos debe tener instalado Adobe Digital Edition en su equipo. Para conocer más pulse aquí. |
La protección jurisdiccional de los derechos básicos de la persona ha dejado de ser una tarea exclusiva de los Tribunales estatales, que aunque siguen siendo sus guardianes naturales, la comparten con el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en el ámbito del Consejo de Europa; y con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos fue creado por el Convenio Europeo de Derechos Humanos en 1950 y supuso un hito en la historia del reconocimiento y de la protección de los derechos humanos, al ser el primer Tribunal Internacional de carácter permanente que asegura que los Estados del Consejo de Europa respetan a todas las personas que están bajo su jurisdicción los derechos y libertades del Convenio, y al que todas las personas pueden acceder directamente. Las sentencias que dicta el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) aunque formalmente son sólo declarativas y obligatorias, han ido evolucionando hacia un carácter pretendidamente ejecutivo y condenatorio, en particular en aquellos casos en los que indica expresamente al Estado demandado la concreta medida que ha de adoptar, como sucede cuando está afectada la libertad personal del demandante. El cumplimiento interno de las sentencias estimatorias del TEDH, al no existir un mecanismo homogéneo para todos los Estados, ha generado dudas, resistencias e incluso incumplimientos. En España, actualmente el cumplimiento interno de dichas sentencias se lleva a efecto mediante el procedimiento de revisión, que fue la alternativa por la que finalmente optó el legislador en 2015, en buena medida compelido por el caso Inés del Río Prada y la derogación de la conocida como doctrina Parot.