Hacia un consumo sostenible. Compraventas de bienes, suministros digitales y nuevas medidas legales


Palabras clave: Compraventa de bienes de consumo, suministros de contenidos y servicios digitales, principio de conformidad contractual, garantía legal de conformidad, prácticas desleales, blanqueo ecológico, ecoimpostura, información al consumidor, servicios de reparación, piezas de recambio, repararabilidad, durabilidad, reciclabilidad, formulario europeo de reparación, plataforma europea en línea, requisitos de reparabilidad, afirmación medioambiental, garantía comercial de durabilidad, alegaciones ecológicas, actualización digital, actualización software, funcionalidad, Agenda 2030, consumo sostenible, circularidad economía, competencia, empresario, fabricante, productor, proveedor, importador, reparador, vendedor, representante autorizado, bienes reacondicionados, consumidor, reparación, distintivo de sostenibilidad, sistema de certificación, puntuación de reparabilidad, ODS 12.
Keywords: Sale of consumer goods, supply of digital content and services, principle of contractual conformity, legal guarantee of conformity, unfair practices, greenwashing, eco-imposture, consumer information, repair services, spare parts, reparability, durability, recyclability, European repair form, European online platform, reparability requirements, environmental claim, commercial guarantee of durability, green claims, digital upgrade, software upgrade, functionality, Agenda 2030, sustainable consumption, circular economy, competition, entrepreneur, manufacturer, producer, supplier, importer, repairer, seller, authorized representative, refurbished goods, consumer, repair, sustainability badge, certification system, repairability score, SDGs 12.
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Resumen

Tras la tarea legislativa iniciada con la transposición de las Directivas (UE) 2019/770 y 2019/771, de 20 de mayo, mediante Real Decreto-ley 7/2021 sobre compraventas de bienes y suministros de contenidos y servicios digitales, llevada a término en España bajo una decisión de política legislativa refundidora en torno al principio rector de la conformidad contractual digitalizada, ha llegado una etapa decisiva iniciada en el año 2024 con la aprobación definitiva de la Unión de una serie de reformas, larvadas desde el año 2015, y que ahora es preciso implementar en cada Estado miembro. La entrada en vigor el 1 de enero de 2022 de la última gran reforma de la normativa de contratos y garantías de consumo, que condiciona incuestionablemente lo que está por llegar, precisa completarse y mejorarse ahora con el trabajo de integración, adaptación e interpretación de toda la normativa de consumo aprobada en la Unión en 2024, y esto en torno a tres ejes principales y complementarios recogidos en las Directivas (UE) 2024/825, de 28 de febrero, 2024/1799, de 13 de junio, y en el Reglamento (UE) 2024/1781, de 13 de junio. La protección del consumidor frente a nuevas y disruptivas prácticas desleales contra el blanqueo ecológico y muy distintos tipos de prácticas de obsolescencia de bienes, el refuerzo de la información precontractual del consumidor y la incorporación de un sistema de reparación de bienes de responsabilidad del fabricante, constituyen los ejes vertebradores de una serie de ideas y propuestas legislativas que deben encajarse ahora adecuada y reflexivamente en nuestro Texto refundido de la Ley General de Consumidores y Usuarios y en la Ley de Competencia Desleal, prescindiendo del recurso al Real Decreto-ley. La implementación de los "requisitos de reparabilidad" de determinados bienes de consumo en nuestra normativa se presenta como una tarea abierta en la transposición de esta medida por parte de cada Estado miembro. Complementariamente, tales reformas y modificaciones legales de 2024 exigen afrontar necesariamente una completa y diáfana regulación de los servicios de reparación postventa en nuestra legislación de consumo, así como una apropiada transposición de la modificada garantía comercial de durabilidad del fabricante, cuestiones a las que se da reflexiva respuesta y orientación en esta monografía a cada una de ellas, bajo la perspectiva de un derecho de consumo más sostenible en favor de la competencia, así como de un elevado nivel de protección del consumidor medio y de una mayor circularidad de la economía, nucleada en torno a los nuevos conceptos jurídicos de durabilidad, reparabilidad y reciclabilidad.

Abstract

Following the legislative work initiated with the transposition of Directives (EU) 2019/770 and 2019/771, of May 20, by Royal Decree-Law 7/2021 on the sale of goods and supplies of digital content and services, carried out in Spain under a reforming legislative policy decision around the guiding principle of digitalized contractual conformity, a decisive stage has arrived, beginning in 2024 with the final approval by the Union of a series of reforms, simmering since 2015, and which now must be implemented in each Member State. The entry into force on 1 January 2022 of the latest major reform of consumer contract and guarantee regulations, which unquestionably determines what is to come, now needs to be completed and improved with the work of integration, adaptation and interpretation of all consumer regulations approved in the Union in 2024, and this around three main and complementary axes included in Directives (EU) 2024/825 of 28 February, 2024/1799 of 13 June, and Regulation (EU) 2024/1781 of 13 June. Consumer protection against new and disruptive unfair practices, such as greenwashing and very different types of practices that lead to goods becoming obsolete, the strengthening of pre-contractual consumer information, and the incorporation of a repair system for goods subject to manufacturer liability are the backbone of a series of legislative ideas and proposals that must now be appropriately and thoughtfully incorporated into our Consolidated Text of the General Law on Consumers and Users and the Law on Unfair Competition, dispensing with the Royal Decree-Law. The implementation of the "repairability requirements" for certain consumer goods in our regulations is presented as an open task in the transposition of this measure by each Member State. In addition, such legal reforms and modifications of 2024 necessarily require a complete and transparent regulation of after-sales repair services in our consumer legislation, as well as an appropriate transposition of the modified commercial guarantee of durability of the manufacturer, issues to which a thoughtful response and guidance are given in this monograph to each of them, from the perspective of a more sustainable consumer law in favor of competition, as well as a high level of protection for the average consumer and a greater circularity of the economy, centered around the new legal concepts of durability, reparability and recyclability.
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