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El profesor Javier Talma Charles, que preparó para el segundo ejercicio del concurso a una plaza de profesor titular de Derecho civil de la Universidad de Cantabria un notable trabajo de investigación, me requiere ahora para que se lo prologue, a la hora de publicarlo. Una ideal continuidad de escuela, en la que desgraciadamente falta el eslabón que egregianiente ocupaba Luis Rojo Ajuria, ha movido al autor de este libro a pedirme estas breves notas, que gustosamente escribo -cuando él no necesita de presentación, puesto que ya es un afirmado civilista-, tan satisfecho como agradecido. Con bastante frecuencia, el trabajo de investigación que se presenta para ser desarrollado en el segundo ejercicio, de los actuales concursos universitarios, acostumbra a versar acerca un tema clásico y amable sobre el que se introducen acaso algunos pocos nuevos perfiles, a veces se profundiza y casi siempre se añaden algunos desenvolvimientos más o menos valiosos. Esta manera del hacer universitario -que no es sino un reflejo, entre tantos otros, algunos mucho más negativos, de la endogamia que está destruyendo el prestigio de nuestras Facultades- no se reitera, por fortuna, siempre y en este caso ha ocurrido que el modo de ser universitario de nuestro autor -riguroso, exigente e incluso austero- le ha llevado, precisamente, a abordar un tema particularmente difícil, de construcción ciertamente compleja y de exposición necesariamente comedida y equilibrada, cuyo propio título -la anotación preventiva de embargo como privilegio crediticio- ya sugiere y preanuncia al lector avisado estas características del trabajo.