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1ª Edición / 367 págs. / Rústica / Castellano / Libro
La descentralización de la negociación colectiva operada por la reforma de 1994 y, especialmente, la posibilidad de afectación introducida en el artículo 84 del ET, han puesto de manifiesto la necesidad de buscar un nuevo modelo ordenador de la estructura negocial, capaz de aunar descentralización y articulación. La conformación de dicho sistema resulta difícil, puesto que a la tradicional desvertebración de los niveles negóciales ha venido a unirse la capacidad para constituir frentes descentralizados que pueden permanecer ajenos a los dictados de los acuerdos marco. A pesar de ello los dictados de los acuerdos marco. A pesar de ello, es posible analizar sus posibilidades de éxito a partir de dos elementos esenciales: la regla de articulación legal que ofrece el artículo 84.3, y la voluntad de los agentes sociales expresada en el Acuerdo Interconfederal sobre negociación colectiva de 1997.