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La terminología, parte de la técnica legislativa, trata de las palabras que expresan conceptos jurídicos. No todos los términos son técnicos; a veces, proceden del lenguaje ordinario y adquieren en Derecho una acepción propia. La complejidad del tema se pone de manifiesto al referirlo al fenómeno económico de la insolvencia y al jurídico del tratamiento del deudor insolvente, tan antiguos como el concepto de obligación, pero variados a lo largo de la historia y diversos de un ordenamiento a otro. La evolución histórica muestra cómo la acuñación de términos jurídicos requiere un largo proceso, que parte de formulaciones narrativas y casuísticas hasta llegar a la expresión de conceptos jurídicos abstractos y generalizadores, a través de términos propios, inicialmente referidos al sujeto (el quebrado) después objetivadores (la quiebra). El mayor rigor de la insolvencia de los comerciantes está en el origen de la dualidad de instituciones, denominadas con términos diferentes {concurso, para los no comerciantes; quiebra, para éstos); pero la voz concurso, con origen en la doctrina española del XVII (AMADOR RODR??GUEZ, SALGADO DE SOMOZA) y de extensión universal, prevalece cuando aquella dualidad se reconduce a unidad de disciplina, como es el caso de la reforma española de 2003, a cuyo estudio dedicó el Prof. OLIVENCIA el discurso académico que recoge esta obra, de especial interés léxico y jurídico.