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1ª Edición / 165 págs. / Rústica / Castellano / Libro
El principal objetivo de los interlocutorios sociales europeos es el esrtabvlecimiento de un sistema europeo de relaciones laborales. Los actores sociales han actuado como valiosos colegisladores y han aprovechado las oportunidades que les ha brindado la Comisión Europea en su papel promocional del diálogo social. La presencia de criterios legales de medición de la representatividad de los sujetos colectivos europeos en la normativa comunitaria salvaría los problemas relativos a la capacidad, la legitimación para negociar y la eficacia de los acuerdos alcanzados. Una redacción más clara y sencilla de algunos preceptos del Tratado, en particular del artículo 139, ayudaría a la superación de esos escollos. En este trabajo se propone el reconocimiento sin paliativos del derecho a la negociación colectiva y, con él, de su máxima expresión: la conclusión de convenios colectivos europeos.