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La acción reivindicatoria, única expresamente dispuesta en el artículo 348 del Código Civil como mecanismo de protección del dominio y de naturaleza real, es un instrumento al servicio del propietario no poseedor contra el poseedor no propietario para la restitución de la cosa, por lo que podrá ejercitarse contra cualquier detentador que la posea ilegítimamente. La admisión y éxito de la acción dependerá, de manera señalada, de ciertos factores: de la perfecta identificación del bien, de la prueba del dominio del actor, de la posesión ilegítima del demandado y, en su caso, del eventual juego de las presunciones legales. La presente obra ofrece una visión práctica de todo aquello que necesita saber para su interposición o, en su caso, para su evitación mediante una acertada defensa.