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ABREVIATURAS . I. PR??LOGO . II. INTRODUCCI??N . III. LA NATURALEZA DE LAS «CONDICIONES, CUALIDADES O RELACIONES PERSONALES QUE FUNDAMENTAN LA CULPABILIDAD DEL AUTOR» . 1. ¿Las condiciones, cualidades o relaciones personales del artículo 65.3 del Código penal como elementos que aluden a la infracción de un deber en los delitos especiales? . 2. ¿Las condiciones, cualidades o relaciones personales del artículo 65.3 del Código penal como elementos mixtos que aluden tanto a la infracción de un deber como al dominio en determinados delitos especiales? . 3. ¿Las condiciones, cualidades o relaciones personales del artículo 65.3 del Código penal como elementos especiales de deber? . 4. Las condiciones, cualidades o relaciones personales del artículo 65.3 del Código penal como elementos del dominio social y de la posición de garante en un gran grupo de delitos especiales . 4.1. El dominio social como accesibilidad al bien jurídico . 4.2. La implicación del bien jurídico en el ejercicio de una función social o institucional derivada de un status personal . 4.3. Las características de la acción típica de dominio social . 4.4. Conclusiones . 5. Las condiciones, cualidades o relaciones personales del artículo 65.3 del Código penal como elementos que ponen de manifiesto una especial posición de dominio respecto del bien jurídico protegido en determinados delitos especiales . 6. Las condiciones, cualidades o relaciones personales del artículo 65.3 del Código penal: algunas exclusiones . 6.1. Elementos personales que determinan una figura de delito específica y elementos personales que sólo suponen un elemento típico accidental . 6.2. Elementos personales que no determinan una figura de delito específica aunque añaden unas características ??autónomas e independientes?? a la conducta típica . 6.3. Elementos personales que no determinan una figura de delito específica ni añaden unas características ??autónomas e independientes?? a la conducta típica . 7. Las condiciones, cualidades o relaciones personales del artículo 65.3 del Código penal: conclusiones . IV. EL DOMINIO DEL HECHO COMO ELEMENTO IRRENUNCIABLE PARA IMPUTAR UN HECHO A T??TULO DE AUTOR EN LOS DELITOS COMUNES Y EN LOS DELITOS ESPECIALES . V. NECESIDAD DE UNA NUEVA CLASIFICACI??N DE LOS DELITOS ESPECIALES Y SU REPERCUSI??N EN EL ART??CULO 65.3 DEL C??DIGO PEnal . 1. Lo cuestionable de la distinción entre delitos especiales propios y delitos especiales impropios . 2. Una propuesta de clasificación sistemática de los delitos especiales . VI. LA PARTICIPACI??N DE UN EXTRANEUS EN UN DELITO ESPECIAL COMETIDO POR UN INTRANEUS . 1. La decisión de acoger el principio de la unidad del título de imputación en todos los delitos especiales en el artículo 65.3 del Código penal. Al mismo tiempo, una breve reflexión sobre el fundamento de lo injusto de la participación en los delitos especiales . 2. Excurso: acerca de la posición doctrinal que defiende la impunidad del partícipe extraneus en determinados delitos especiales . 3. El merecimiento de la atenuación de la pena del partícipe extraneus en un delito especial . 3.1. Pronunciamientos jurisprudenciales sobre la atenuación de la pena prevista para el partícipe extraneus en un delito especial . 3.2. Pronunciamientos doctrinales sobre la atenuación de la pena prevista para el partícipe extraneus en un delito especial . VII. LA ATENUACI??N DE LA PENA DE LOS PART??CIPES EXTRANEI EN LOS DELITOS ESPECIALES Y LA NECESIDAD DEL ART??CULO 65.3 DEL C??DIGO PENAL. VALORACI??N DE LA REGULACI??N PREVISTA . VIII. RELACIONES SISTEM??TICAS ENTRE LOS APARTADOS 1.º, 2.º Y 3.º DEL ART??CULO 65 DEL C??DIGO PENAL . IX. BIBLIOGRAF??A .