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	1ª Edición / 15 págs. / Rústica / Castellano / Libro
ÍNDICE
 1. FLEXIBILIZACIÓN DE DETERMINADAS RESTRICCIONES EN APLICACIÓN DE LA FASE 1
 2. II. PLAN DE DESESCALADA PARA LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
 3. III. EL CGPJ MANTIENE LA SUSPENSIÓN DE LAS ACTUACIONES JUDICIALES NO
 ESENCIALES HASTA EL PRÓXIMO 24 DE MAYO
 4. IV. ERTES Y DESESCALADA
 5. V. FORMULARIOS
 Solicitud de adaptación de jornada para trabajar a distancia (teletrabajo) Art.34.8 ET
 Comunicación a los representante de los trabajadores de la reanudación de la actividad
 Comunicación Autoridad laboral finalización ERTE
 Comunicación Trabajadora/or Desafectación ERTE
 I. FLEXIBILIZACIÓN DE DETERMINADAS RESTRICCIONES EN APLICACIÓN DE
 LA FASE 1
 1. Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones en
 aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad
 Entre las medidas más destacadas cabe señalar las siguientes:
 Medidas de higiene y prevención para la reapertura:,
 Los establecimientos y locales que abran al público en los términos del artículo 10 realizarán, al
 menos dos veces al día, una limpieza y desinfección de las instalaciones con especial atención a las
 superficies de contacto más frecuentes como pomos de puertas, mostradores, muebles, pasamanos,
 máquinas dispensadoras, suelos, teléfonos, perchas, carros y cestas, grifos, y otros elementos de
 similares características, conforme a las siguientes pautas:
 a) Una de las limpiezas se realizará, obligatoriamente, al finalizar el día.
 b) Serán de aplicación las indicaciones de limpieza y desinfección previstas en el artículo 6.1.a) y
 b).
 Para dicha limpieza se podrá realizar, a lo largo de la jornada y preferentemente a mediodía, una
 pausa de la apertura dedicada a tareas de mantenimiento, limpieza y reposición. Estos horarios de
 cierre por limpieza se comunicarán debidamente al consumidor por medio de cartelería visible o
 mensajes por megafonía.
 Asimismo, se realizará una limpieza y desinfección de los puestos de trabajo en cada cambio de
 NOTICIA:
 Orden SND/403/2020, de 11 mayo, sobre las condiciones de cuarentena a las que deben someterse las personas procedentes de otros
 países a su llegada a España, durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 TOL7.912.583
 Las personas procedentes del extranjero deberán guardar cuarentena los 14 días siguientes a su llegada.