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1ª Edición / 352 págs. / Rústica / Castellano / Libro
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El Texto Refundido de la Ley Concursal, aprobado por el Real Decreto 1/2020, de 5 de mayo, ha venido a aclarar que los créditos que en el concurso de acreedores se insinúen como especialmente garantizados con hipoteca voluntaria, inmobiliaria o mobiliaria, «deberán tener constituida la respectiva garantía antes de la declaración de concurso con los requisitos y formalidades establecidos por la legislación específica para que sea oponible a terceros», poniendo fin así al conflicto procesal (o de oponibilidad) provocado por el título de hipoteca no inscrito cuando el deudor ha perdido la libre disposición de sus bienes.
Pero siguen sin resolverse cuestiones de indudable interés práctico: ¿Qué tratamiento recibe el título de hipoteca no inscrito en el concurso de quien es garante no deudor? ¿Debe reconocerse en la lista de acreedores la obligación de inscribir la hipoteca convenida? ¿Tiene legitimidad directa el acreedor para conseguir que se constituya la hipoteca sobre una propiedad ajena cuando su dueño ha perdido la libre disposición patrimonial? A tratar de dar respuesta a estas preguntas se dedica esta obra, afrontando la misión con la dificultad que supone contar con jurisprudencia contradictoria, lo que cuestiona de raíz el papel que a la misma el art. 1.6 CC atribuye en nuestro ordenamiento.