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1ª Edición / 438 págs. / Rústica / Castellano / Libro
Los menores y los incapacitados pueden ser titulares de un patrimonio más o menos amplio, cuya administración corresponde, por regla general, a los padres o al tutor. No obstante, es posible que, en ciertos casos y por razones muy concretas, el cargo de administrador recaiga en personas distintas de aquéllos {el defensor judicial; el administrador de Los bienes adquiridos a título gratuito, cuando el disponente ordena un régimen especial, o por herencia, cuando el padre o la madre no pueden heredar por causa de indignidad o porque hayan sido desheredados, y el administrador del patrimonio protegido del discapacitado). Como medida de control de la actuación del administrador se establece la obligatoriedad de autorización judicial (en algún caso aprobación judicial) para la realización de determinados actos. En esta obra se realiza un estudio pormenorizado del significado y alcance de la intervención judicial en las distintas situaciones en las que puede encontrarse la administración del patrimonio de los menores e incapacitados. Se pretende fijar con claridad los distintos actos en los que es imprescindible dicha intervención judicial, dar solución a los numerosos problemas que se plantean y determinar el tipo de sanción aplicable a los actos realizados sin la preceptiva autorización del juez, una vez analizadas cada una de las posibles sanciones.