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1ª Edición / 296 págs. / Rústica / Castellano / Libro
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En nuestro actual sistema constitucional consideramos que la libertad de enseñanza, y más concretamente una de sus manifestaciones como es la libertad de cátedra, debe ser analizada como una prolongación de la libertad de conciencia y, en ese sentido, definirse como la libertad para orientar ideológicamente la enseñanza en conformidad con las propias convicciones. Se enmarca dentro del pluralismo político e ideológico y se concibe como una garantía institucional que regulariza con carácter permanente y eficaz la investigación, exposición y transmisión de conocimientos científicos. Además, como ha expresado el Tribunal Constitucional esta manifestación es, en cuanto libertad individual, una proyección de la libertad ideológica y del derecho a difundir libremente pensamientos, ideas y opiniones de los docentes en el ejercicio de su función. Lo cierto es que el proceso evolutivo hasta llegar a dicha concepción ha sido largo y, en la mayoría de las veces, tortuoso. El objetivo del presente estudio es analizar cómo ha resuelto históricamente nuestro ordenamiento jurídico los conflictos relativos a la protección de la conciencia y las propias convicciones en el ámbito de esa dimensión en la que se proyecta la libertad de enseñanza realizado a la par del llamado proceso secularizador, pues no olvidemos que la libertad para orientar ideológicamente la enseñanza es consecuencia, fundamentalmente, de la secularización del pensamiento.