¿Aún no tienes una cuenta? Crea una ahora y accede a tus listas favoritas, tu histórico de cuentas y muchas más cosas...
Pedidos y atención al cliente
PARTICULARES: 963 392 051 - FAX: 963 615 480 / LIBRERÍAS: 963 600 598 - FAX: 963 694 151
1ª Edición / 218 págs. / Rústica / Castellano / Libro
En papel: En stock, entrega en 24-48h |
|
|
Consultar disponibilidad en tiendas
Consultar disponibilidad en tiendasLos plazos estimados son para pedidos realizados antes de las 14:00h del viernes (salvo error o situaciones especiales: festivos, inventarios,etc).
|
Si el vendedor está o no obligado a transmitir la propiedad en el contrato de compraventa es una cuestión clásica. Sin embargo, en este trabajo se afronta su examen a partir de nuevos elementos. Si bien se parte del tema de la causa, del error del comprador en el dominio del vendedor y de la exigencia del poder de disposición en el momento de hacer el pago o cumplimiento, se hace especial hincapié en el Convenio de Viena de 1980 de compraventa internacional de mercaderías, ratificado por España y que obliga al vendedor a transmitir el dominio, así como en la reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo. No obstante la figura de la usucapión ordinaria, del saneamiento por evicción y de la teoría de la venta de cosa ajena, hay fuertes argumentos para admitir una acción de resolución por parte del comprador a quien no se le ha hecho propietario, previa a la posible evicción del "dominus".