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1ª Edición / 258 págs. / Rústica / Castellano / Libro
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El art. 25.5.a) 7º de la Ley de Propiedad intelectual fija como uno de los criterios que se deben tener en cuenta a la hora de fijar el importe de la compensación equitativa por copia privada en España "Las cuantías de la compensación equitativa por copia privada que resulte de aplicación en otros Estados miembros de la Unión Europea siempre que existan bases homogéneas de comparación". Esta monografía se decida a analizar si las reglas básicas que determinan la cuantía de la compensación equitativa en cinco países de nuestro entorno (Francia, Italia, Portugal, Alemania y los Países Bajos) son lo suficientemente parecidas a las que se utilizan en España, lo que implicaría que dichas legislaciones pueden ser tenidas en cuenta como referencias válidas a la hora de determinar la lista de equipos y soportes gravados y la cuantía que corresponde a cada uno de ellos en nuestra Ley. Dicha determinación es la cuestión más importante de una materia que tiene una enorme trascendencia económica en el ámbito de la legislación sobre propiedad intelectual, lo que explica que haya sido objeto de un intenso debate entre todos los actores implicados. Estamos, además, ante una cuestión de máxima actualidad, puesto que la determinación en vía reglamentaria de la lista antes mencionada debería producirse en breve.