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La no discriminación es la clave para conseguir el pleno disfrute de los derechos de las mujeres y a ello se consagró la Convención internacional para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer de 1979, un tratado único en el marco general de la protección internacional de los derechos humanos por su enfoque de género, integral y transformador. El órgano que aplica esta Convención, el Comité de la CEDAW, ha desarrollado e interpretado los derechos reconocidos en la Convención mediante sus recomendaciones y observaciones generales, pero sin duda el inicio de la competencia del Comité para recibir comunicaciones o denuncias individuales tras la adopción de su Protocolo Facultativo en 1999 permitió dar la voz a las mujeres víctimas de discriminación por el mero hecho de ser mujer. Una década después de la primera decisión del Comité en 2004, es hora de hacer balance de las numerosas aportaciones de estas decisiones y de plantear los retos y las dificultades que probablemente asumirá el Comité en los próximos años.