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1ª Edición / 132 págs. / Rústica / Castellano / Libro
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En su nueva redacción, el art. 135 CE establece de forma incondicionada que todas las Administraciones adecuarán sus actuaciones al principio de estabilidad presupuestaria, con los límites de endeudamiento establecidos para cada una de las Administraciones Públicas. Se establece así un contexto en el que, si los ingresos no llegasen a cubrir un determinado nivel de gasto y los límites de défi cit estructural y de endeudamiento se hubiesen superado, la única vía a la que se podría recurrir sería la reducción del gasto. El art. 135.2 CE establece que el Estado y las CC.AA. no podrán incurrir en un déficit estructural que supere los márgenes establecidos por la Unión Europea para sus Estados miembros, al tiempo que establece que el pago de los intereses y el capital de la deuda de las Administraciones Públicas gozará de prioridad absoluta, situándose que el volumen de deuda pública del conjunto de las Administraciones en relación con el Producto Interior Bruto del Estado no podrá superar el valor de referencia establecido por el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE). Conocer los efectos de los principios de estabilidad y sostenibilidad fi nanciera aplicados a través de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril y las modifi caciones que sobre la estructura autonómica y local se desarrollan es el objeto del presente estudio.