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Desde la anterior edición de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LO- REG), de principios de 2019, y hasta la que actualmente se presenta, ha sido aprobada 1 2/2022, de 30 de septiembre, de reforma 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, para la regulación del ejercicio del voto por los españoles que viven en el extranjero. Esta reforma de los artículos 75, 103 y 107 suprime el requisito de que los españoles residentes en el extranjero tengan que solicitar o rogar el voto, amplía los plazos de depósito del voto en urna y mantiene la posibilidad al elector del envío del voto por correo.
Además, por sentencia del Tribunal Constitucional 76/2019, de 22 de mayo se declaró nulo el apartado 1 del artículo 58 bis.
Las modificaciones que introducen estas normas en la LOREG se presentan en una nueva edición actualizada que, para facilitar su consulta, se organiza en los cinco apartados siguientes: