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1ª Edición / 144 págs. / Rústica / Castellano / Libro
Negociar un convenio colectivo estatutario es buscar libremente un acuerdo, es decir, ordenar el trato, escoger la estrategia individual y definir el sentido de las decisiones negociables según vaya dictando sentido común de las partes, que lo será, en cada caso, en función de la multitud de factores jurídicos y meta jurídicos que concurran. Limitando la autonomía de las partes en punto a cómo desarrollar su diálogo, el ET ha dispuesto el necesario cumplimiento de determinados pasos formales durante la negociación, lo que homogeneiza en todos los ámbitos la organización del trato; ha establecido también una censura genérica de determinadas conductas (principio de buena fe y deber de negociar) y ha impuesto, finalmente, la obligatoria sujeción a un criterio de mayoría en el momento de formar la voluntad de parte. La presente obra pretende, desde esta compresión de la negociación como acción, un estudio tanto de la ordenación legal (artículos 87, 88, 89 y 90 del ET) como convencional (la autonomía colectiva y sus límites) del desarrollo de la negociación colectiva.