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1ª Edición / 264 págs. / Rústica / Castellano / Libro
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El antiguo propósito de instaurar un régimen jurídico con el que acelerar el proceso constitutivo social parece más cerca de culminarse. Tras muchos avatares, el legislador comunitario propone con la Directiva (UE) 2019/1151 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, por la que se modifica la Directiva (UE) 2017/1132 en lo que respecta a la utilización de herramientas y procesos digitales en el ámbito del Derecho de sociedades, un modelo de fundación societaria íntegramente digital que permitirá agilizar procesos, abaratar costes y sin duda favorecerá la mejora de la competitividad. A partir de la incorporación de la Directiva a nuestro Ordenamiento Jurídico, quienes pretendan la fundación de una sociedad de responsabilidad limitada podrán hacerlo a través de medios exclusivamente electrónicos y con alcance transnacional. Una solución, cuya virtualidad parece fuera de toda duda, pero que, sin embargo, propone al jurista un importante reto derivado de la incidencia que tal digitalización pudiera tener en el régimen de seguridad jurídica preventiva vigente. El hecho de que el marco jurídico electrónico no pueda ser entendido como una simple traducción al modelo digital de los procesos presenciales, obliga a valorar la incidencia de la tecnología sobre los actuales presupuestos jurídicos. Un análisis que trata de ofrecerse en la obra que ahora se presenta, proponiendo un estudio del efecto que la incorporación de las técnicas digitales ha de tener sobre el régimen de seguridad jurídica preventiva e intentando ofrecer soluciones acerca de cuál sea la opción de tratamiento jurídico que, sin menoscabo de las garantías exigibles, mejor se adapte al modelo.