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1ª Edición / 342 págs. / Rústica / Castellano / Libro
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La Directiva (UE) 2019/1937 relativa a la protección
de personas que informan sobre infracciones
al derecho de la Unión ha supuesto la consolidación
del whistleblowing como herramienta político-
criminal en el derecho europeo. La creación de
canales de denuncia se había impulsado hasta
ahora de forma sectorial y sólo excepcionalmente
imponiendo la obligación de crear canales para
denunciar. Sin embargo, la UE ha apostado por
generalizar la obligación de establecer este tipo
de mecanismos en empresas y administraciones
públicas. La trasposición de la directiva plantea a
los legisladores nacionales el reto de encajar en
sus ordenamientos una figura propia del mundo
anglosajón y de otorgarle un estatuto jurídico que
maximice su eficacia y que resulte coherente con
la regulación de otras figuras próximas, como el
testigo o el denunciante. También las entidades
públicas y privadas deberán esforzarse en diseñar
canales de denuncia internos conformes con las
disposiciones del texto europeo. Este trabajo
ofrece una revisión en profundidad de esta nueva
herramienta político-criminal, analizando el
contexto de su nacimiento y auge en EEUU, y
proporciona a los operadores jurídicos algunas
claves para enfrentar los desafíos que plantea la
nueva regulación europea del whistleblowing.