¿Aún no tienes una cuenta? Crea una ahora y accede a tus listas favoritas, tu histórico de cuentas y muchas más cosas...
Pedidos y atención al cliente
TLF:(55) 6550 2317 TLF:(55) 6550 2318
1ª Edición / 784 págs. / Rústica / Castellano / Libro
Libro electrónico*: |
$ 600.00 MXN | |
En papel: Próxima Aparición |
$ 999.00 MXN | |
*Para visualizar los libros electrónicos debe tener instalado Adobe Digital Edition en su equipo. Para conocer más pulse aquí. |
A través de sus votos particulares en casos como el relativo al Desarme Nuclear (Islas Marshall v. India), las Inmunidades Jurisdiccionales del Estado (Alemania v. Italia), la Aplicación de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial (Georgia v. Rusia), la Opinión Consultiva sobre las Consecuencias Jurídicas de la Separación del Archipiélago Chagos de la República de Mauricio, la Obligación de Extraditar o Enjuiciar a Hissène Habré (Bélgica v. Senegal), y la Aplicación de la Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio (Croacia v. Serbia), el Juez Antonio Cançado Trinidade ha establecido su postura sobre la aplicación del Derecho Internacional y el papel que debe adoptar la Corte Internacional de Justicia en casos en que la persona humana se vea afectada. Considera que la aplicación del Derecho Internacional ha partido de una noción Estado-centrista y en su lugar debe adoptarse una perspectiva más humanista en la que se debe brindar una mayor protección y atención a la persona humana. En sus opiniones, considera que la Corte debe vigilar que dicha protección no sea obstaculizada por nociones que prioricen la voluntad de los Estados.