'Qué le toca a quién' 1er. Congreso Nacional Federalismo Judicial

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¨Qué le toca a quién¨1er. Congreso Nacional Federalismo Judicial

Los redactores de la Constitución estaban tan claros en los papeles Federalistas, que diseñaron un poder judicial independiente para el éxito de la nación". Sandra Day O´Connor.

En la presente obra se reúnen los pensamientos de los expertos que formaron parte del Primer Congreso Nacional de Federalismo Judicial ¿Qué le toca a quién?, del Poder Judicial del Estado de México, en el cual se llevó a cabo un importante análisis respecto a la existencia real y efectiva del federalismo mexicano.
El Tribunal Superior de Justicia mexiquense, pretendió a través de dicho foro de opinión y propuestas, encontrar las fortalezas de un nuevo escenario en el acceso a la justicia como un derecho universal por excelencia, a través de los distintos ángulos del federalismo, como lo son el histórico, el comparativo, el dogmático, entre otros.
La presente obra inicia con el aporte lato sensu de tres grandes personalidades. En un primer acercamiento, se encuentra la disertación de un destacado mexiquense, Emilio Chuayffet Chemor, intitulada "Historia del Federalismo en México". Este autor proporciona un análisis histórico de la instalación y desarrollo del federalismo en México e invoca, para mayor comprensión del tema, la figura de la confederación norteamericana. En una segunda participación, el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, con el tópico "Prospectivas del federalismo mexicano", identifica al federalismo como el medio para la reducción de conflictos étnicos. Bajo la voz de Francisco Vázquez-Gómez Bisogno, en "Apuntes para (re) pensar el federalismo mexicano a la luz del "Federalismo dúctil", conocemos sobre los sistemas de organización estatal en sus dos extremos: centralista y federalista; lo que genera la interrogante de la existencia del federalismo en nuestro país.  
En el segundo apartado de esta Memoria del Congreso, se presen-tan las concepciones del "Federalismo judicial mexicano"; en donde Edgar Hernán Mejía López, analiza al federalismo judicial mexicano con la finalidad de reconocer tres distintas perspectivas: un federalismo jurídico, otro judicial y finalmente uno político. Y es acerca del federalismo judicial que, Miguel Bonilla López, quien ha estudiado la distribución de competencias en los tres órdenes jurídicos, aborda de manera ilustrativa en: "Sobre "federalismo judicial"", los pronunciamientos de autenticidad del federalismo mexicano y los límites de los tribunales constitucionales en cuanto a su intervención en el derecho local. Continuando con Jaime Cárdenas Gracia, en  "El Poder Judicial de la Federación vs. Poderes judiciales de las entidades federativas", se analiza la historia del federalismo en México, así como las implicaciones de la reforma judicial del año 2021. Por su parte, Manuel González Oropeza, en "El federalismo desde las entidades federativas", hace un llamado a la reflexión sobre promover la salvaguarda de las constituciones estatales por sus propios poderes judiciales y, con ello, visibilizar la relevancia de la soberanía de los Estados. Con el título "Federalismo judicial y la "anomalía" del amparo directo", Roberto Lara Chagoyán comparte la inquietud acerca de la falta de efectividad del juicio de amparo aunado a su poca accesibilidad para los ciudadanos. Concluyendo esta línea, encontramos la participación del Magistrado Juan Carlos Ortega Castro con "Facultades concurrentes en la actividad jurisdiccional", donde hace referencia a la intervención de las autoridades jurisdiccionales respecto a la división de poderes como principio fundamental del federalismo y pone bajo análisis, la capacidad de decisión de la jurisdicción federal y local. 
Ahora bien, en la tercera línea temática denominada "Federalismo Judicial y Controles de Regularidad Jurídica"; encontramos las aportaciones de la ministra Yasmín Esquivel Mossa, con "Alcances y límites de las controversias constitucionales", en el cual habla acerca del proceso evolutivo en torno a la figura de la controversia constitucional como un medio de control, ilustrado con su vasta experiencia en el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Por su parte, Carlos María Pelayo Moller, en "La nueva interpretación de los derechos constitucionales en México: encuentros, problemas, tendencias y desafíos a 10 años de la reforma constitucional de derechos humanos"  analiza los efectos y expectativas de la reforma de derechos humanos, a una década de distancia de su publicación, lo cual ha propiciado un sinnúmero de tendencias interpretativas de derechos humanos en materia de amparo. En "Hacia un nuevo diseño de la acción de inconstitucionalidad", Juan Pablo Gómez Fierro se adentra en el proceso legislativo como origen de las acciones de inconstitucionalidad. En "El control de convencionalidad en México, diez años después: ¿promesas incumplidas?" el doctor Ramón Ortega García, presenta una reflexión acerca del control de convencionalidad en nuestra nación, diez años después de la relevante reforma del diez de junio del año dos mil once y lo que podría identificarse como promesas prevaricadas o tareas pendientes en dicho rubro. Plantear los parámetros para la existencia de un constitucionalismo local y armónico con el pacto federal, es la propuesta de Luis Enrique Pereda Trejo en "El control constitucional local en los Estados Unidos Mexicanos". Asimismo, José Luis Maya Mendoza, en "Federalismo judicial y salas constitucionales locales" hace referencia a la labor de los tribunales federales y locales bajo la luz de las reformas constitucionales recientes, especialmente las facultades concurrentes, como una excepción al principio rector del sistema federal. Y esta sección cierra con el artículo "Consolidar la justicia constitucional local para revitalizar el federalismo", del destacado mexiquense César Camacho Quiroz, quien sostiene que, a través de la legitimidad, libertad y soberanía de que gozan las autoridades locales para gobernarse, se logrará garantizar el ejercicio de los derechos humanos, que conlleva al perfeccionamiento de la justicia y desemboca en un federalismo renovado.
En el cuarto apartado de esta obra, se aborda la temática: "Federalismo judicial y justicia alternativa"; contando con los pensamientos de Julio Menchaca Salazar y Antonio M. Prida Peón del Valle; el primero de ellos, basandose en el desarrollo de su investigación, sostiene que: los Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias presentan diver-sas dificultades en nuestro país, por el hecho de no existir estándares generales mínimos que unifiquen el actuar de los operarios de esa labor. El presidente del Comité de Mediación de la Cámara Internacional de Comercio en México; comparte la imperiosa necesidad de armonizar la ley general de la materia con las pautas internacionales, como lo es el Convenio de Singapur.
En el quinto eje temático denominado "Los desafíos del Federalismo judicial", se encuentra el estudio a cargo de Irving Barrios Mojica: "El caso Tamaulipas", con el asunto del juicio de procedencia del gobernador constitucional de ese estado, la improcedente controversia constitucional promovida por el presidente del congreso local y diversas consideraciones deontológicas del suceso. En "Federalismo, narcotráfico y delin-cuencia organizada", en voz de Jorge Nader Kuri, desde la perspectiva jurídica del federalismo, se identifica la problemática del ejercicio de las facultades concurrentes respecto al narcomenudeo. A su vez,  Rubén Sánchez Gil sostiene en "Ventajas y desventajas del Código Nacional de Procedimientos Civiles" que una de las asignaturas pendientes en nuestro país ha sido el federalismo en la impartición de justicia y el fortalecimiento de la justicia local. Oscar Cruz Barney, interesado en contribuir en la transformación del ejercicio de la profesión, retoma la colegiación obligatoria y demás condiciones que atañen al ejercicio de la abogacía en México, en "Abogacía y federalismo judicial". 
Acercándonos al último apartado de esta obra, se encuentran las valiosas reflexiones derivadas de las Conferencias sobre Federalismo Judicial. Con la excelsa disertación de José Ramón Cossío Díaz, quien, recopilando todos los asuntos relativos al federalismo y las controversias constitucionales que atendió en su destacada trayectoria profesional, comparte en "Federalismo y controversias constitucionales", los conflictos competenciales y los mecanismos de resolución de conflictos que son propios de la jurisdicción. Con el sugestivo título "Desaparición de poderes" el miembro emérito del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México, Diego Valadés, hace referencia a la subsistencia de dicha figura consagrada en el artículo 76 constitucional. Con la intervención de Leticia Bonifaz en "Cuestiones políticas no judiciales", el lector será capaz de identificar el binomio política-derecho, que impacta en rubros constitucionales y que se deben de armonizar con el propósito de fortalecer a las instituciones del Estado mexicano. Por último, Santiago Nieto Castillo, en su destacada árticipacion, "Lavado de dinero y federalismo judicial", puntualiza que para combatir la delincuencia se requiere de una política criminal integral del Estado; la cual, sin duda, tendrá impacto en los ámbitos de seguridad y procuración de justicia, con la intención de vincular los espacios de prevención del delito con los de administración y procuración de justicia en nuestra federación.

Expreso un reconocimiento especial a los participantes en tan relevante evento académico judicial. Sigamos trabajando con calidad humana al servicio de la justicia.

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