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1ª Edición / 342 págs. / Rústica / Castellano / Libro
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La Directiva (UE) 2019/1937 relativa a la protección
 de personas que informan sobre infracciones
 al derecho de la Unión ha supuesto la consolidación
 del whistleblowing como herramienta político-
 criminal en el derecho europeo. La creación de
 canales de denuncia se había impulsado hasta
 ahora de forma sectorial y sólo excepcionalmente
 imponiendo la obligación de crear canales para
 denunciar. Sin embargo, la UE ha apostado por
 generalizar la obligación de establecer este tipo
 de mecanismos en empresas y administraciones
 públicas. La trasposición de la directiva plantea a
 los legisladores nacionales el reto de encajar en
 sus ordenamientos una figura propia del mundo
 anglosajón y de otorgarle un estatuto jurídico que
 maximice su eficacia y que resulte coherente con
 la regulación de otras figuras próximas, como el
 testigo o el denunciante. También las entidades
 públicas y privadas deberán esforzarse en diseñar
 canales de denuncia internos conformes con las
 disposiciones del texto europeo. Este trabajo
 ofrece una revisión en profundidad de esta nueva
 herramienta político-criminal, analizando el
 contexto de su nacimiento y auge en EEUU, y
 proporciona a los operadores jurídicos algunas
 claves para enfrentar los desafíos que plantea la
 nueva regulación europea del whistleblowing.