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La moderna romanística denomina pignus in causa iudicati captum a la forma de ejecución de las condenas dinerarias utilizadas en el sistema procesal denominado extraordinaria cognitio. Su origen está en un rescripto del emperador Antonino Pío, pero su relación con las instituciones anteriores es discutible. Esta institución es una adaptación de la prenda convencional en la que el juez se apodera de los bienes del condenado para obligarle a cumplir con el fallo, o en su caso proceder a la venta de los bienes y, con su producto, pagar al acreedor. El pignus in causa iudicati captum es el antecedente directo del moderno embargo en ejecución de sentencia. Las fuentes romanas plantean los problemas prácticos de esta institución tales como la competencia judicial, los requisitos necesarios para la ejecución, el orden de proceder en los embargos, las cuestiones incidentales, la quiebra de la subasta y la evicción.