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1ª Edición / 290 págs. / Rústica / Castellano / Libro
En papel: Disponible |
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La presente obra constituye un esfuerzo riguroso y comprometido por clarificar y fortalecer dos figuras fundamentales en la transformación del sistema de justicia penal en México: la justicia restaurativa y la mediación penal. En el marco del sistema acusatorio adversarial, el texto se propone recuperar el valor sustantivo de estos mecanismos alternativos, muchas veces relegados a una función meramente formal o simbólica dentro del proceso penal.
Partiendo de un análisis doctrinal y normativo, los autores establecen que la justicia restaurativa debe ser comprendida como un paradigma alternativo que pone en el centro a las personas y las relaciones humanas afectadas por el delito. Bajo esta visión, se ofrece un desarrollo conceptual claro y didáctico de sus principios, características y herramientas como la mediación víctima-ofensor, los círculos de paz o las conferencias familiares, enfatizando su potencial para reconstruir el tejido social, reparar el daño y disminuir la reincidencia.
En este mismo orden, la obra presenta una sistematización teórica y práctica de la mediación, explicando sus fundamentos, etapas, principios (voluntariedad, confidencialidad, neutralidad), así como sus modelos teóricos destacando los enfoques de Harvard, transformativo y circular-narrativo y su aplicabilidad en diversos ámbitos: escolar, comunitario, civil, familiar, empresarial y de salud. Este enfoque amplio permite comprender la mediación como un mecanismo flexible, eficaz y socialmente útil.
El núcleo del texto se encuentra en el capítulo dedicado a la mediación penal, en donde se revisa críticamente el contexto de saturación y crisis del sistema penal mexicano, así como el papel que podrían desempeñar los mecanismos alternativos como solución efectiva a esta problemática. Se argumenta que la mediación penal no debe limitarse a ciertos delitos considerados "menores", sino que, atendiendo a sus fines restaurativos y preventivos, puede ser aplicada en todos aquellos casos en que exista una afectación interpersonal susceptible de reparación. De igual forma, se discute su compatibilidad con principios constitucionales clave como la legalidad, proporcionalidad, seguridad jurídica y el principio pro persona.