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1ª Edición / 144 págs. / Rústica / Castellano / Libro
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La resolución de la Contradicción de Tesis 293/2011 significa un avance y un retroceso, pues si bien estableció que los derechos humanos, sin distinción alguna de la fuente de donde provienen, ya sea convencional o constitucional, constituyen el parámetro de control de regularidad constitucional, así como que la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos es vinculante para los jueces mexicanos, estableció una restricción que delimita la interpretación del artículo 1º constitucional, limitando el ejercicio del principio pro persona y la justiciabilidad de los derechos humanos. De igual manera el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación logró tener un consenso importante ya que los ministros tenían criterios opuestos y había que buscar la forma de equilibrar de la mejor manera los discernimientos expuestos por cada uno de los integrantes del Pleno. Sin embargo al hablar de restricciones expresas a la Constitución, se está hablando de jerarquía entre las normas de fuente constitucional y de fuente convencional, puesto que el operador jurídico debe aplicar la norma constitucional, dejando sin efecto las bondades de la aplicación del principio pro persona, lo que incide directamente en la justiciabilidad de los derechos humanos